Iniciativas

Espacios adecuados y accesibles en estaciones migratorias para personas con discapacidad [Art. 106]

Tema: Acceso a derechos
Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie Pixabay
Resumen:

Integra la designación de espacios adecuados y accesibles para personas con discapacidad en estaciones migratorias.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Dip. Nelly Maceda Carrera
Grupo parlamentario: PT
Legislatura: LXIV
Momentos (fechas relevantes):
  • 03/12/2019
    Presentada y turnada a comisión de asunto migratorios
  • 21/01/2020
    PREVENCIÓN de la Mesa Directiva de Cámara de Diputados, para que presenten los dictámenes correspondientes a los asuntos turnados a comisión asuntos migratorios

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de Migración
    Artículos:
    Artículo 106

Propuesta de reforma

Artículo 106.

Para la presentación de migrantes, el Instituto establecerá estaciones migratorias o habilitará estancias provisionales en los lugares de la República que estime convenientes.

Artículo 106.

Para la presentación de migrantes, el Instituto establecerá estaciones migratorias o habilitará estancias provisionales en los lugares de la República que estime convenientes y designará espacios adecuados accesibles y personal capacitado para atender a las personas migrantes con discapacidad en las estaciones migratorias.

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Artículo 106.

Para la presentación de migrantes, el Instituto establecerá estaciones migratorias o habilitará estancias provisionales en los lugares de la República que estime convenientes.

Artículo 106.

Para la presentación de migrantes, el Instituto establecerá estaciones migratorias o habilitará estancias provisionales en los lugares de la República que estime convenientes y designará espacios adecuados accesibles y personal capacitado para atender a las personas migrantes con discapacidad en las estaciones migratorias.

Artículo 106.

Para la presentación de migrantes, el Instituto establecerá estaciones mi...

Artículo 106.

Para la presentación de migrantes, el Instituto establecerá estaciones mi...

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Última actualización: 29, 06, 2020
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