Iniciativas

Garantía de los derechos de migrantes de pueblos indígenas [CPEUM Art. 2]

Tema: Acceso a derechos
Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie Rebeca Cruz en Pixabay
Resumen:

Propone garantizar los derechos de migrantes de pueblos indígenas y el respeto a su identidad y a su diversidad étnica.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Senado de la República
Promovente: Sen. Gloria Elizabeth Núñez Sánchez
Grupo parlamentario: PAN
Legislatura: LXIV
Momentos (fechas relevantes):
  • 10/06/2020
    Presentada en Cámara de Senadores turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores.

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Artículos:
    Artículo 2

Propuesta de reforma

Artículo 2

La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas
autoridades, tienen la obligación de:

VIII. Establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas; mejorar las condiciones de salud de las mujeres; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes; velar por el respeto de sus derechos humanos y promover la difusión de sus culturas.

Artículo 2

La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas
autoridades, tienen la obligación de: …

VIII. Establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar sus derechos laborales; mejorar las condiciones de salud de las mujeres y hombres migrantes; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes; velar por el respeto de sus derechos humanos; garantizar sus derechos y el respeto a su identidad y a su diversidad étnica, así como promover la difusión de sus culturas.

Artículo 2

La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas
autoridades, tienen la obligación de: …

VIII. Establecer políticas sociales para proteger a LAS PERSONAS migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar sus derechos laborales; mejorar las condiciones de salud de las mujeres y hombres migrantes; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños, NIÑAS y jóvenes de familias migrantes; velar por el respeto de sus derechos humanos; garantizar sus derechos y el respeto a su identidad y a su diversidad étnica, así como promover la difusión de sus culturas.

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Artículo 2

La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas
autoridades, tienen la obligación de:

VIII. Establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas; mejorar las condiciones de salud de las mujeres; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes; velar por el respeto de sus derechos humanos y promover la difusión de sus culturas.

Artículo 2

La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federación, las entidades federativas y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas
autoridades, tienen la obligación de: …

VIII. Establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, mediante acciones para garantizar sus derechos laborales; mejorar las condiciones de salud de las mujeres y hombres migrantes; apoyar con programas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes; velar por el respeto de sus derechos humanos; garantizar sus derechos y el respeto a su identidad y a su diversidad étnica, así como promover la difusión de sus culturas.

Artículo 2

La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federació...

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La Nación Mexicana es única e indivisible

B. La Federació...

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Última actualización: 15, 02, 2021
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