Iniciativas

Atribuciones de la CNDH en materia de supervisión de EM [Art.6o , LCNDH]

Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie pixabay
Resumen:

Esta iniciativa propone una modificación sobre las atribuciones de la CNDH en materia de supervisión de estaciones migratorias.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Andrea Chávez Treviño
Grupo parlamentario: MORENA
Legislatura: LXV
Momentos (fechas relevantes):
  • 26/04/2023
    Presentada

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
    Artículos:
    Artículo 6

Propuesta de reforma

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII. Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que éstos guarden.

En dicho diagnóstico deberán incluirse, además de las evaluaciones que la Comisión pondere, datos estadísticos sobre el número, las causas y efectos de los homicidios, así como de las riñas, motines, desórdenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones, centros de detención y retención federales y estatales

[…]

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII. Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social y en las estancias migratorias del país mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que éstos guarden.

En dicho diagnóstico deberán incluirse, además de las evaluaciones que la Comisión pondere, datos estadísticos sobre el número, las causas y efectos de los homicidios, así como de las riñas, motines, desórdenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones, centros de detención y retención federales y estatales y estancias migratorias.

[…]

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII. Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social y en las estancias estaciones migratorias, estancias provisionales y lugares habilitados que el Instituto Nacional de Migración establezca para la detención de personas migrantes en el país, mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que éstos guarden.

En dicho diagnóstico deberán incluirse, además de las evaluaciones que la Comisión pondere, datos estadísticos sobre el número, las causas y efectos de los homicidios, así como de las riñas, motines, desórdenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones, centros de detención y retención federales y estatales y estancias estaciones migratorias, estancias provisionales y lugares habilitados por el Instituto Nacional de Migración.

[…]

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII. Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que éstos guarden.

En dicho diagnóstico deberán incluirse, además de las evaluaciones que la Comisión pondere, datos estadísticos sobre el número, las causas y efectos de los homicidios, así como de las riñas, motines, desórdenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones, centros de detención y retención federales y estatales

[…]

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII. Supervisar el respeto a los derechos humanos en el sistema de reinserción social y en las estancias migratorias del país mediante la elaboración de un diagnóstico anual sobre la situación que éstos guarden.

En dicho diagnóstico deberán incluirse, además de las evaluaciones que la Comisión pondere, datos estadísticos sobre el número, las causas y efectos de los homicidios, así como de las riñas, motines, desórdenes, abusos y quejas documentadas que sucedan en las prisiones, centros de detención y retención federales y estatales y estancias migratorias.

[…]

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII....

Artículo 6o.- La Comisión Nacional tendrá las siguientes atribuciones:
[…]

XII....

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Posicionamiento público del GTPM: Se sugiere que la propuesta de reforma esté armonizada con las disposiciones de la Ley de Migración. El concepto de "estancias migratorias" no está incluido en la ley migratoria, por lo que se sugiere incluir: "Estaciones migratorias, estancias provisionales y lugares habilitados que el Instituto Nacional de Migración establezca para la detención de personas migrantes".
Enlace a documentos:
Última actualización: 22, 06, 2023
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