Iniciativas

Atribuciones del INM en materia migratoria [Art. 20, LM]

Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie Gerd Altmann en Pixabay
Resumen:

La iniciativa propone agregar como atribución del INM el mantener actualizados el Registro nacional de Extranjeros y el de Visitantes por Razones Humanitarias de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes No Acompañados.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Héctor Israel Castillo Olivares
Grupo parlamentario: PAN
Legislatura: LXV
Momentos (fechas relevantes):
  • 28/09/2021
    Presentada y turnada a comisión de asuntos migratorios.

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de Migración
    Artículos:
    Artículo 20

Propuesta de reforma

Artículo 20
El instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
I a V. …
VI. Llevar y mantener actualizado  el Registro nacional de Extranjeros

VII. a XII …

Artículo 20
El instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
I a V. …
VI. Llevar y mantener actualizados el Registro nacional de Extranjeros y el de Visitantes por Razones Humanitarias de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes No Acompañados:

VII. a XII …

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Artículo 20
El instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
I a V. …
VI. Llevar y mantener actualizado  el Registro nacional de Extranjeros

VII. a XII …

Artículo 20
El instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
I a V. …
VI. Llevar y mantener actualizados el Registro nacional de Extranjeros y el de Visitantes por Razones Humanitarias de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes No Acompañados:

VII. a XII …

Artículo 20
El instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
...

Artículo 20
El instituto tendrá las siguientes atribuciones en materia migratoria:
...

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Enlace a documentos:
Última actualización: 09, 10, 2021
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