Iniciativas

Búsqueda y localización de personas migrantes nacionales o extranjeras [Art 30 Bis, LM]

Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie Pixabay
Resumen:
Propone establecer que le corresponderá a la Comisión Nacional de Búsqueda coadyuvar en la búsqueda y localización de personas migrantes nacionales y/o extranjeras en el país.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Nelly Minerva Carrasco Godínez
Grupo parlamentario: MORENA
Legislatura: LXV
Momentos (fechas relevantes):
  • 11/07/2023
    Presentada y turnada a la Comisión de Asuntos Migratorios.

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de Migración
    Artículos:
    Artículo 30 Bis

Propuesta de reforma

Artículo 30 Bis. Corresponde a la Comisión Nacional de Búsqueda coadyuvar en la búsqueda y localización de personas migrantes nacionales y/o extranjeras en el país, independientemente de su situación migratoria en los términos que establece la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Sin correlativo

Artículo 30 Bis. Corresponde a la Comisión Nacional de Búsqueda coadyuvar en la búsqueda y localización de personas migrantes nacionales y/o extranjeras en el país, independientemente de su situación migratoria en los términos que establece la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Sin correlativo

...

Artículo 30 Bis. Corresponde a la Comisión Nacional de Búsqueda coadyuvar en la búsqu...

Ver menos
Ver más
Enlace a documentos:
Última actualización: 20, 08, 2023
SIGUIENTE PÁGINA

Trabajo legislativo

Explorar arrow_forward