Indica que a falta de documentos probatorios de identidad el INM deberá garantizar la expedición en consulados y puentes fronterizos.
Artículo 36
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I. a VI….
… A falta de los documentos probatorios mencionados en las fracciones anteriores, para los efectos de lo dispuesto en este artículo, se podrá acreditar la nacionalidad mexicana mediante cualquier otro elemento objetivo de convicción que permita al Instituto determinar que se cumplen con los supuestos de acreditación de la nacionalidad mexicana.
Artículo 36
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I. a VI….
…A falta de los documentos probatorios mencionados en las fracciones anteriores, para los efectos de lo dispuesto en este artículo, el instituto deberá garantizar el servicio de expedición de documentos de identificación oficiales en consulados y puentes fronterizos. Igualmente, se podrá acreditar la nacionalidad mexicana mediante cualquier otro elemento objetivo de convicción que permita al Instituto determinar que se cumplen con los supuestos de acreditación de la nacionalidad mexicana.
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TEXTO VIGENTE | PROPUESTA | ||
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Artículo 36 … … A falta de los documentos probatorios mencionados en las fracciones anteriores, para los efectos de lo dispuesto en este artículo, se podrá acreditar la nacionalidad mexicana mediante cualquier otro elemento objetivo de convicción que permita al Instituto determinar que se cumplen con los supuestos de acreditación de la nacionalidad mexicana. |
Artículo 36 … …A falta de los documentos probatorios mencionados en las fracciones anteriores, para los efectos de lo dispuesto en este artículo, el instituto deberá garantizar el servicio de expedición de documentos de identificación oficiales en consulados y puentes fronterizos. Igualmente, se podrá acreditar la nacionalidad mexicana mediante cualquier otro elemento objetivo de convicción que permita al Instituto determinar que se cumplen con los supuestos de acreditación de la nacionalidad mexicana. |
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Artículo 36 … … A falta de los documentos probatorio... |
Artículo 36 … …A falta de los documentos probato... |
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