Iniciativas

Garantizar el derecho a la comunicación para personas presentadas en las estaciones migratorias. [LM, Art.109]

Tema: Acceso a derechos
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Resumen:

Esta iniciativa tiene como objeto garantizar el derecho a la comunicación de las personas migrantes en situación irregular presentadas en las estaciones migratorias, al incluir medios de comunicación adicionales a la comunicación telefónica.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Joanna Alejandra Felipe Torres
Grupo parlamentario: Grupo Parlamentario PAN
Legislatura: LXV

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de Migración
    Artículos:
    Artículo 109

Propuesta de reforma

Artículo 109. Todo presentado, en su caso, tendrá los siguientes derechos desde su ingreso a la estación migratoria:
I. a IV. …
VII. Acceder a comunicación telefónica;
VIII. a XIV. …

Artículo 109. Todo presentado, en su caso, tendrá los siguientes derechos desde su ingreso a la estación migratoria:

I. a IV. …
VII. Acceder a comunicación telefónica mensajes de texto, mensajería instantánea y en redes sociales, con una o más personas. El instituto garantizará este derecho mediante dispositivos disponibles en las estaciones migratorias con la tecnología que requieran las comunicaciones señaladas, en función de la capacidad de alojamiento;

VII. a XIV. …

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Artículo 109. Todo presentado, en su caso, tendrá los siguientes derechos desde su ingreso a la estación migratoria:
I. a IV. …
VII. Acceder a comunicación telefónica;
VIII. a XIV. …

Artículo 109. Todo presentado, en su caso, tendrá los siguientes derechos desde su ingreso a la estación migratoria:

I. a IV. …
VII. Acceder a comunicación telefónica mensajes de texto, mensajería instantánea y en redes sociales, con una o más personas. El instituto garantizará este derecho mediante dispositivos disponibles en las estaciones migratorias con la tecnología que requieran las comunicaciones señaladas, en función de la capacidad de alojamiento;

VII. a XIV. …

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Artículo 109. Todo presentado, en su caso, tendrá los siguientes derechos desde su ingreso a la...

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Posicionamiento público del GTPM: Desde el GTPM abogamos por avanzar hacia medidas que eliminen la incomunicación de personas en contextos de movilidad detenidas en Estaciones Migratorias y apostamos a que el marco normativo garantice la capacidad de comunicación, a partir del uso de los dispositivos pertenecientes a cada persona.
Enlace a documentos:
Última actualización: 12, 03, 2024
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