La presente iniciativa propone modificar el artículo 4to. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de la salud física y mental de las personas que no cuenten con seguridad social.
Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
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Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a
lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
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Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
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Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud física y mental. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a
lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud preventivo y de atención eficaz, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de la salud física y mental de las personas que no cuenten con seguridad social.
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TEXTO VIGENTE | PROPUESTA | ||
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Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. |
Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. |
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Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y e... |
Artículo 4o. La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y e... |
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