Iniciativas

Incluir un enfoque integral que distribuya competencias entre los tres niveles de gobierno.

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Resumen:

La presente iniciativa propone reformar y adicionar los artículos 73 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para incluir un enfoque integral que distribuya las competencias entre los tres niveles de gobierno.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: César Israel Damián Retes y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
Grupo parlamentario: Grupo Parlamentario PAN
Legislatura: LXVI

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    Artículos:
    Artículo 115 , Artículo 73

Propuesta de reforma

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. al XVI. …
SIN CORRELATIVO
XVII. al XXXIII. …

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
I al IV. …
V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) a g)…
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
SIN CORRELATIVO
VI. al X. …

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. al XVI. …
XVI Bis. Para expedir la ley general que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección de las personas migrantes, conforme a las bases previstas en esta Constitución. La ley general que se menciona en esta fracción deberá prever, al menos:
a. La distribución de competencias y atribuciones entre la Federación, entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para garantizar una atención integral, humanitaria y coordinada a las personas migrantes en el territorio nacional;
b. Los criterios mínimos con los que deberá contar el Registro Nacional de Migrantes, a cargo de la federación, en colaboración con las entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para recopilar y actualizar información sobre los flujos migratorios, garantizando la confidencialidad y la protección de datos personales;
c. Los mecanismos para garantizar el acceso efectivo a los derechos fundamentales de las personas migrantes, incluyendo, entre otros, el derecho a la seguridad, la salud, a programas de empleo formal y permisos temporales de trabajo, alojamiento temporal y vivienda, la educación y la justicia, con énfasis en la protección de niñas, niños, adolescentes, mujeres y grupos vulnerables;
d. La estrategia para atender las dimensiones de la migración en sus etapas de origen, tránsito, destino y retorno, promoviendo la reintegración digna y el respeto a los derechos humanos de las personas deportadas o en retorno voluntario;
e. Los mecanismos de coordinación y colaboración interinstitucional, que incluyan a organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil y comunidades locales, para garantizar una atención integral y con enfoque de derechos humanos, y
f. La obligación de supervisar el cumplimiento de la Ley y coordinar las acciones necesarias para garantizar el uso eficiente de los recursos asignados.
XVII. al XXXII. …

Artículo 115.
I. al IV. …
V. …
a) a g) …
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial;
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales, y
j) Elaborar planes anuales de atención a migrantes, que incluyan programas para garantizar en el ámbito de sus funciones y facultades seguridad, salud, albergue y acceso al trabajo temporal en su jurisdicción.

VI. al X. …

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. al XVI. …
SIN CORRELATIVO
XVII. al XXXIII. …

Artículo 115. Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes:
I al IV. …
V. Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para: a) a g)…
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial; e
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.
SIN CORRELATIVO
VI. al X. …

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. al XVI. …
XVI Bis. Para expedir la ley general que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y, en su caso, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de protección de las personas migrantes, conforme a las bases previstas en esta Constitución. La ley general que se menciona en esta fracción deberá prever, al menos:
a. La distribución de competencias y atribuciones entre la Federación, entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para garantizar una atención integral, humanitaria y coordinada a las personas migrantes en el territorio nacional;
b. Los criterios mínimos con los que deberá contar el Registro Nacional de Migrantes, a cargo de la federación, en colaboración con las entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para recopilar y actualizar información sobre los flujos migratorios, garantizando la confidencialidad y la protección de datos personales;
c. Los mecanismos para garantizar el acceso efectivo a los derechos fundamentales de las personas migrantes, incluyendo, entre otros, el derecho a la seguridad, la salud, a programas de empleo formal y permisos temporales de trabajo, alojamiento temporal y vivienda, la educación y la justicia, con énfasis en la protección de niñas, niños, adolescentes, mujeres y grupos vulnerables;
d. La estrategia para atender las dimensiones de la migración en sus etapas de origen, tránsito, destino y retorno, promoviendo la reintegración digna y el respeto a los derechos humanos de las personas deportadas o en retorno voluntario;
e. Los mecanismos de coordinación y colaboración interinstitucional, que incluyan a organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil y comunidades locales, para garantizar una atención integral y con enfoque de derechos humanos, y
f. La obligación de supervisar el cumplimiento de la Ley y coordinar las acciones necesarias para garantizar el uso eficiente de los recursos asignados.
XVII. al XXXII. …

Artículo 115.
I. al IV. …
V. …
a) a g) …
h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos afecten su ámbito territorial;
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales, y
j) Elaborar planes anuales de atención a migrantes, que incluyan programas para garantizar en el ámbito de sus funciones y facultades seguridad, salud, albergue y acceso al trabajo temporal en su jurisdicción.

VI. al X. …

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

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Última actualización: 21, 03, 2025
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