Iniciativas

Inclusión de personas migrantes en la Ley Federal de Protección al Consumidor. [LFPC, Art. 1o. fracción X y Art. 24 fracción XXII]

Tema: Acceso a derechos
pie
Resumen:

La reforma a los artículos 10 y 24 de la Ley Federal de Protección al Consumir incluye a las personas migrantes, en pro de garantizar  sus derechos como consumidores de servicios y productos en territorio nacional.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Elvia Yolanda Martínez Cosío
Grupo parlamentario: Grupo Parlamentario MC
Legislatura: LXV

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley Federal de Protección al Consumidor
    Artículos:
    1o. , Artículo 24

Propuesta de reforma

Artículo 1. […]
[…]
Son principios básicos en las relaciones de consumo:
I. a IX. […]
X. La protección de los derechos de la infancia,
adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas.
Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:
I. a XXI. […]
XXII. Coadyuvar con las autoridades competentes
para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas.
XXIII. a XXVII. […]

Artículo 1. […]
[…]
Son principios básicos en las relaciones de consumo:
I. a IX. […]
X. La protección de los derechos de la infancia,
adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas y migrantes.
Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:
I. a XXI. […]
XXII. Coadyuvar con las autoridades competentes
para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas
y migrantes;
XXIII. a XXVII. […]

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Artículo 1. […]
[…]
Son principios básicos en las relaciones de consumo:
I. a IX. […]
X. La protección de los derechos de la infancia,
adultos mayores, personas con discapacidad e indígenas.
Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:
I. a XXI. […]
XXII. Coadyuvar con las autoridades competentes
para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas.
XXIII. a XXVII. […]

Artículo 1. […]
[…]
Son principios básicos en las relaciones de consumo:
I. a IX. […]
X. La protección de los derechos de la infancia,
adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas y migrantes.
Artículo 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:
I. a XXI. […]
XXII. Coadyuvar con las autoridades competentes
para salvaguardar los derechos de la infancia, adultos mayores, personas con discapacidad, indígenas
y migrantes;
XXIII. a XXVII. […]

Artículo 1. […]
[…]
Son principios básicos en las relaciones d...

Artículo 1. […]
[…]
Son principios básicos en las relaciones d...

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Última actualización: 06, 03, 2024
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