Iniciativas

Inclusión económica de personas en condición de vulnerabilidad [Art. 8 LESS]

Tema: Inclusión a poblaciones en situación de vulnerabilidad
Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie Gerd Altmann en Pixabay
Resumen:

Establecer como fin del Sector Social de la Economía, el contribuir en la inclusión económica de las personas que se consideran en condición de vulnerabilidad por razón de su edad, género, discapacidad, o por circunstancias sociales, étnicas y/o culturales, priorizando su participación en todas las acciones que el Estado mexicano lleve a cabo para fortalecer el Sector de la Economía Social y Solidaria, para que representen oportunidades de desarrollo humano y de acceso a un trabajo digno.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Maribel Aguilera Cháirez
Grupo parlamentario: MORENA
Legislatura: LXIV
Momentos (fechas relevantes):
  • 28/04/2021
    Presentada y turnada a comisiones Economía Social y Fomento del Cooperativismo.

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de la Economía Social y Solidaria,
    Artículos:
    Artículo 8

Propuesta de reforma

Ley de la Economía Social y Solidaria.

Artículo 8

Son fines del Sector Social de la Economía:

I…

II. Se recorre

 

 

III. a IX

Ley de la Economía Social y Solidaria.

Artículo 8

Son fines del Sector Social de la Economía:

I…

II. Contribuir en la inclusión económica de las personas que se consideran en condición de vulnerabilidad por razón de su edad, género, discapacidad, o por circunstancias sociales, étnicas y/o culturales, priorizando la participación de dichos sectores en todas las acciones que el Estado Mexicano lleve a cabo para fortalecer el Sector de la Economía Social y Solidaria, de tal suerte que representen oportunidades de desarrollo humano y de acceso a un trabajo digno.

 

III. a X

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

Ley de la Economía Social y Solidaria.

Artículo 8

Son fines del Sector Social de la Economía:

I…

II. Se recorre

 

 

III. a IX

Ley de la Economía Social y Solidaria.

Artículo 8

Son fines del Sector Social de la Economía:

I…

II. Contribuir en la inclusión económica de las personas que se consideran en condición de vulnerabilidad por razón de su edad, género, discapacidad, o por circunstancias sociales, étnicas y/o culturales, priorizando la participación de dichos sectores en todas las acciones que el Estado Mexicano lleve a cabo para fortalecer el Sector de la Economía Social y Solidaria, de tal suerte que representen oportunidades de desarrollo humano y de acceso a un trabajo digno.

 

III. a X

Ley de la Economía Social y Solidaria.

Artículo 8

Son fines del Sector Social de ...

Ley de la Economía Social y Solidaria.

Artículo 8

Son fines del Sector Social de ...

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Posicionamiento público del GTPM: La economía social y solidaria debe vincularse con el tema de la regulación laboral, por lo que la iniciativa podría acompañarse de otra que fortalezca desde la Ley Federal del Trabajo, en tanto a la protección y garantía de derechos humanos laborales de personas en contextos de movilidad humana.
Enlace a documentos:
Última actualización: 23, 06, 2021
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