Iniciativas

Sancionar a quien realice actos de publicidad o propaganda, con el propósito de tráfico. [LM., art. 159 Bis y 160]

Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones
pie
Resumen:

Esta propuesta del Congreso del estado de Chihuahua, propone adicionar el artículo 159 bis y modificar el artículo 160 de la Ley de Migración, para sancionar a las personas que realicen actos de publicidad o propaganda con el propósito de tráfico que lleve a una o más personas a adentrarse en el país de forma irregular.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Promovente: Ana Georgina Zapata Lucero
Grupo parlamentario: Congreso Estatal PRI
Legislatura: LXVII

Marco legal

Marco normativo que modifica:
  • Ley de Migración
    Artículos:
    159 , 159 Bis , 59 bis , Artículo 159 , Artículo 160 , Artículo 60

Propuesta de reforma


Artículo 160. Se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas en el artículo anterior, cuando las conductas descritas en el mismo se realicen:
I. Respecto de niñas, niños y adolescentes o cuando se induzca, procure, facilite u obligue a un niño, niña o adolescente o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior;
II.
En condiciones o por medios que pongan o puedan poner en peligro la salud, la integridad, la
seguridad o la vida o den lugar a un trato inhumano o degradante de las personas en quienes recaiga la
conducta, o
III.
Cuando el autor material o intelectual sea servidor público.

Artículo 159 Bis. Se impondrá pena de dos a cuatro años de prisión y cinco mil días de multa, a quien, mediante la utilización de medios tradicionales o electrónicos, realice actos de publicidad o propaganda, con el propósito de tráfico que lleve a una o más personas a internarse a otro país sin la documentación correspondiente, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro. 

Artículo 160. Se aumentaran hasta en una mitad las penas previstas en los artículos anteriores, cuando las conductas descritas en los mismos se realicen:
I. Respecto de niña, niño y adolescente o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar cualquiera de las conductos descritas en los artículos anteriores; 
II. y III. …

TEXTO VIGENTE PROPUESTA


Artículo 160. Se aumentarán hasta en una mitad las penas previstas en el artículo anterior, cuando las conductas descritas en el mismo se realicen:
I. Respecto de niñas, niños y adolescentes o cuando se induzca, procure, facilite u obligue a un niño, niña o adolescente o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar cualquiera de las conductas descritas en el artículo anterior;
II.
En condiciones o por medios que pongan o puedan poner en peligro la salud, la integridad, la
seguridad o la vida o den lugar a un trato inhumano o degradante de las personas en quienes recaiga la
conducta, o
III.
Cuando el autor material o intelectual sea servidor público.

Artículo 159 Bis. Se impondrá pena de dos a cuatro años de prisión y cinco mil días de multa, a quien, mediante la utilización de medios tradicionales o electrónicos, realice actos de publicidad o propaganda, con el propósito de tráfico que lleve a una o más personas a internarse a otro país sin la documentación correspondiente, con el objeto de obtener directa o indirectamente un lucro. 

Artículo 160. Se aumentaran hasta en una mitad las penas previstas en los artículos anteriores, cuando las conductas descritas en los mismos se realicen:
I. Respecto de niña, niño y adolescente o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a realizar cualquiera de las conductos descritas en los artículos anteriores; 
II. y III. …


Artículo 160. Se aumentarán hasta en una mitad las penas previst...

Artículo 159 Bis. Se impondrá pena de dos a cuatro años de prisión y cinco mil días ...

Ver menos
Ver más
Posicionamiento público del GTPM: Desde el GTPM alentamos a que Personas Legisladoras de los Congresos Estatales propongan reformas a marcos normativos federales desde una perspectiva de derechos humanos.
SIGUIENTE PÁGINA

Trabajo legislativo

Explorar arrow_forward