Iniciativas

Otorgar funciones específicas a la Comisión de Asuntos Migratorios.

Tema: Fortalecimiento institucional, Comisión de Asuntos Migratorios, Trabajo Legislativo
Situacion legislativa: Pendiente de dictaminación en Comisiones de Cámara de origen
pie
Resumen:

La presente iniciativa propone reformar el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgar funciones específicas a la Comisión de Asuntos Migratorios.

Proceso legislativo

Cámara de origen: Cámara de Diputadas y Diputados
Grupo parlamentario: PVEM
Legislatura: LXVI

Propuesta de reforma

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 40.
1. y 2. …
3. Se deroga

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 40.
1. y 2. …
3. La Comisión de Asuntos Migratorios tendrá la obligación de celebrar, por lo menos, una reunión anual, ya sea presencial o vía remota, con migrantes, a efecto de escucharlos, recibir sus demandas y trabajar en proyectos legislativos que favorezcan a este sector de la sociedad.
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos evaluará las propuestas realizadas por la Comisión de Asuntos Migratorios respecto al formato de las reuniones y determinará el carácter de las mismas a efecto de dar cumplimiento a las medidas administrativas en materia de austeridad.
La Presidencia de la Junta Directiva de la Comisión deberá remitir a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos un informe por cada reunión celebrada con migrantes, previa aprobación de éste por el pleno de la Comisión. Los informes serán turnados al área legislativa o administrativa que resulte idónea para su aprovechamiento.
4. …
5. …

TEXTO VIGENTE PROPUESTA

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 40.
1. y 2. …
3. Se deroga

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 40.
1. y 2. …
3. La Comisión de Asuntos Migratorios tendrá la obligación de celebrar, por lo menos, una reunión anual, ya sea presencial o vía remota, con migrantes, a efecto de escucharlos, recibir sus demandas y trabajar en proyectos legislativos que favorezcan a este sector de la sociedad.
La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos evaluará las propuestas realizadas por la Comisión de Asuntos Migratorios respecto al formato de las reuniones y determinará el carácter de las mismas a efecto de dar cumplimiento a las medidas administrativas en materia de austeridad.
La Presidencia de la Junta Directiva de la Comisión deberá remitir a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos un informe por cada reunión celebrada con migrantes, previa aprobación de éste por el pleno de la Comisión. Los informes serán turnados al área legislativa o administrativa que resulte idónea para su aprovechamiento.
4. …
5. …

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

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Última actualización: 16, 12, 2025
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