Integrantes del GTPM involucradas en el acompañamiento:

Centro de Apoyo a Familias Migrantes Indígenas.

Coalición Internacional contra la Detención .
Marco normativo a reformar:
Ley de Protección y Atención a los Sujetos Migrantes y sus Familias para el Estado de Tlaxcala.
Eventos impulsados y resultados:
Desde el año 2021 el GTPM ha impulsado diversos espacios de reflexión y análisis sobre el tema migratorio y de asilo en la entidad, con la participación de distintos actores gubernamentales como la Unidad de Política Migratoria, Registro e identidad de Personas, el Alto Comisionado de las NAciones Unidas para los Refugiados, organizaciones de sociedad civil, personas congresistas y asesores como fue el foro “Diálogo hacia la construcción de una Agenda Legislativa en materia de Migración y Asilo”, llevado a cabo en el año 2022, como resultado de ello se trabajó en una propuesta de reforma inicial.
- Durante el año 2025, se trabajó la actualización de una propuesta de reforma y fue puesta a disposición del Congreso del Estado, particularmente a la Presidencia de la Comisión de Asuntos Electorales.
Situación actual del acompañamiento:
La propuesta de reforma está en el proceso de cierre con últimos ajustes. Se espera que en el próximo periodo legislativo se pueda avanzar en su presentación, socialización y aprobación.
Elementos generales que se incorporaron en la reforma:
- Modificar el nombre de la ley a personas migrantes y sujetas de protección internacional para el Estado de Tlaxcala y homologar en el resto del contenido.
- Incluir las obligaciones de respeto, protección y garantía de los derechos de las personas migrantes y sujetas de protección internacional.
- Ampliar los objetivos de la ley para tener claridad de la facultad y corresponsabilidad de las autoridades estatales y municipales, la coordinación interinstitucional y el fortalecimiento de los mecanismo de denuncia y sanción en casos de delitos y violaciones cometidas en contra de personas migrantes y sujetas de protección internacional en el Estado de Tlaxcala, incluyendo el acceso a la justicia y la reparación del daño.
- Incluir principios de universalidad, interdependencia e invisibilidad de los derechos humanos, así como principios de interseccionalidad e interés superior de la niñez.
- Incluir definiciones ausentes en el actual contenido de la ley, tales como actos de coerción, apatridia, xenofobia, grupos migratorios, personas discapacitadas, personas sujetas de protección internacional y complementaria, niñas, niños y adolescentes y referencias a leyes aplicables, entre otros.
- Incluir lo relativo a las responsabilidades y facultades estatales y municipales respecto a personas solicitantes de protección internacional, personas refugiadas y con protección complementaria.
- Ampliar el catálogo de derechos con las responsabilidad de las distintas instituciones, para garantizar el acceso a los mismos.
- Incluir el acceso a programas sociales por parte de personas migrantes y sujetas de protección internacional en el Estado, independientemente de su condición migratoria.
- Homologación de conceptos relativos a niñas, niños y adolescentes con la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala y la Ley General en la materia.
- Establecer tiempos para que el Poder Ejecutivo Estatal elaboré el reglamento de la ley en cuestión, así como las modificaciones correspondientes a las reglas de operación de políticas públicas y programas sociales en la entidad.
- Incluir la figura del registro voluntario de personas migrantes y sujetas de protección internacional, con la finalidad de alimentar el censo y en consecuencia la generación de políticas públicas y programas sociales dirigidos a esta población.
- Ampliar las atribuciones y facultades de la Dirección de Atención a Migrantes para que incluya la atención y protección a los distintos grupos migratorios existentes en el Estado de Tlaxcala.
- Incluir la corresponsabilidad de las distintas dependencias estatales en temas de atención, protección y garantía de los derechos de las personas migrantes y sujetas de protección internacional.
- Definir el alcance, atribuciones y estructura de las autoridades municipales para la atención y protección de los derechos de migrantes y sujetas de protección internacional.
Para saber más, visita la página del Congreso Estatal.
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Alcance nacional
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humano, en los términos que establezca la ley. […]