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Procedimiento Administrativo Migratorio.

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pie Foto: Coalición Pro Defensa del Migrante / Karen Romero

El procedimiento administrativo de control para las personas migrantes tiene lugar desde el momento en que se les sujeta tras un acto de control, verificación o revisión migratoria. Aunque en la Ley de Migración se establece que las personas migrantes gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución, en diversas ocasiones estos derechos se restringen. Por otra parte, la legislación secundaria, como acuerdos y lineamientos, no respetan el debido proceso y no refleja una política incluyente con perspectiva de derechos humanos que tenga como propósito la protección de todas las personas en el territorio nacional sin tener en cuenta su país de origen.

Como en cualquier otro procedimiento, es necesario que se cumplan tanto los estándares nacionales como los internacionales durante la revisión, control y verificación hechas a las personas migrantes. Por lo tanto, las autoridades migratorias, al momento de llevar a cabo uno de estos actos de autoridad, deben de dar a conocer a la persona todos sus derechos; además de explicar puntualmente la motivación y el fundamento del acto de autoridad. Asimismo, es importante que las personas reciban una explicación previa de cuál es el procedimiento que se da en caso de que no puedan acreditar su regular estancia, es decir, qué procederá en dicho caso y cuáles serán las alternativas que tengan.

Además de la información, es imprescindible que se garantice a cada persona migrante durante todo el procedimiento administrativo migratorio, los elementos del derecho al debido proceso, incluyendo acceso a traducción o interpretación; comunicación; acceso a asesoría y defensa legal, entre otros.

Por otra parte, de igual forma que existe una presunción de inocencia, la actuación de las autoridades migratorias en el desarrollo de esos procedimientos administrativos debe regirse por una presunción de regularidad; es decir, las autoridades deben presumir que toda persona extranjera que se encuentra en el territorio nacional lo está de manera regular y en caso de que se le solicite presentar documentación y acreditar una estancia regular, debe ser de forma motivada y fundamentada. Actualmente, la forma en la que se llevan a cabo estos procedimientos es arbitraria por parte de las autoridades.

El procedimiento administrativo migratorio que se establezca en La Ley de Migración debe tener un enfoque de derechos humanos, en el que incluya procedimientos diferenciados, claro y respetuosos de los derechos humanos. Es fundamental que a partir de una buena aplicación de un marco normativo las personas migrantes puedan acceder a un documento migratorio que les permita una estancia en el territorio nacional, así como garantizarles el acceso a un proceso justo en el que se tenga en cuenta su situación de vulnerabilidad, evitando actuar de manera arbitraria y con largas privaciones de libertad.

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